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Calculadora de Liquidación Laboral 2026

Indemnización, aguinaldo, Bono 14 y vacaciones. Revisá cuánto te deben antes de firmar tu finiquito.

Calculadora

Sin la bonificación de Q250. Si varió, el promedio de los últimos 6 meses.

Q

Por ejemplo, si saliste el 19 y no te pagaron nada de ese mes, poné 19.

Opciones avanzadas

Días hábiles. Se pueden reclamar hasta 5 años.

¿Qué incluye la liquidación?

ConceptoRenunciaDespido injustificadoDespido justificado
Salario pendienteSíSíSí
Aguinaldo proporcionalSíSíSí
Bono 14 proporcionalSíSíSí
Vacaciones no gozadasSíSíSí
IndemnizaciónNoSíNo

¿Cómo se calcula la indemnización?

Según el artículo 82 del Código de Trabajo, corresponde un salario por cada año de servicio, y la parte proporcional por fracciones de año. La Guía para el Trabajador del MINTRAB usa esta fórmula:

Salario promedio × 14 ÷ 12 × días trabajados ÷ 365

El factor 14 ÷ 12 agrega la parte del aguinaldo y del Bono 14 al salario, porque son parte de lo que ganás en el año. Por eso la indemnización resulta mayor que "un sueldo por año".

Aguinaldo y Bono 14 proporcionales

Se calculan con salario × días laborados ÷ 365. El aguinaldo cuenta desde el 1 de diciembre y el Bono 14 desde el 1 de julio. Podés revisarlos por separado en lacalculadora de aguinaldo y la calculadora de Bono 14.

Vacaciones

Por cada año trabajado te corresponden 15 días hábiles de vacaciones (artículo 130). Al terminar, se pagan en dinero las que no tomaste: salario ÷ 30 × 15 por año completo, y la parte proporcional del año en curso. Se pueden reclamar hasta 5 años atrás.

¿Cuánto tiempo tienen para pagarme?

El pago debe hacerse al terminar la relación laboral. Antes de firmar el finiquito, compará lo que te ofrecen con esta calculadora. Si no te pagan, podés acudir a la Inspección General de Trabajo del MINTRAB, que es gratuita.

Si renunciaste: el preaviso

Al renunciar tenés que avisar por escrito con esta anticipación (artículo 83):

Tiempo trabajadoAviso
Menos de 6 meses1 semana
De 6 meses a menos de 1 año10 días
De 1 a menos de 5 años2 semanas
5 años o más1 mes

Fuentes

  • Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), artículos 82, 83, 130 a 134.
  • Decreto 76-78 (Aguinaldo) y Decreto 42-92 (Bono 14).
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Guía para el Trabajador.

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